Esta es una de las principales conclusiones del informe Human Rights Due Diligence: The Role of States elaborado por la Corporate Accountability International Roundtable (ICAR) junto con la European Coalition for Corporate Justice (ECCJ) y la Canadian Network on Corporate Accountability (CNCA).
Informe completo Human Rights Due Diligence: The Role of States y extracto en CulturaRSC.com
El informe se basa en una serie de consultas mundiales con profesionales del derecho, académicos y expertos de todo el mundo y examina cómo los Estados están utilizando su autoridad reguladora para exigir la debida diligencia en cuanto a derechos humanos (entre ellos la igualdad de oportunidades sin diferencia de sexo, a condiciones equitativas del trabajo, a igual salario por trabajo igual, etc.), y tiene por objeto establecer el grado en que los sistemas jurídicos de los Estados garantizan el respeto de las empresas a las normas establecidas y sugerir a los responsables políticos una serie de opciones normativas que pudieran usar para garantizar que las empresas respeten los derechos humanos.
El informe concluye además que el origen del respeto a los derechos humanos por parte de las empresas no se encuentra en Naciones Unidas, ni en una política voluntaria de Responsabilidad Social Corporativa, si no en las herramientas legales que utilizan los Estados para garantizar que el comportamiento de las empresas cumple con las expectativas sociales, incluida la normativa legal. Entre otras, Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de aplicación a toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia.